Ley Antitabaco

NUESTRA EMPRESA OFRECE EL SERVICIO DE ACTUALIZAR SU LOCAL, SEGUN LA LEY DEL TABACO Y LA HOSTELERIA ( BOE del 27/12/05):

Los locales de más de 100 m2 de superficie, destinada al uso público, la norma general es la prohibicion de fumar. No obstante, se permite habilitar zonas para fumar siempre que reunan los siguientes requisitos:

1. Que estén debida y visiblemente señalizadas.

2. Que estén separadas fisicamente del resto de las dependencias y completamente compartimentadas.

3. Que dispongan de sistemas de ventilación independiente u otros dispositivos o mecanismos que permitan garantizar la eliminación de humos.

4. Que la superficie destinada a zona de fumadores no supere el 30% de las zonas comunes y que no se trate de zonas de paso obligado (por ejemplo: vestíbulos, recepción, escaleras, pasillos, ascensores).

En ningun caso, las zonas habilitadas para fumadores podran tener una superficie superior a 300 m2.

Realizamos todos los cambios necesarios en las instalaciones de extracción, asesoramiento en el diseño, suministro e instalación del tabique, mampara o elemento divisor entre el área de fumadores y no fumadores, les ofrecemos varias alternativas de diseño, presupuesto y ejecución de obra.

LA COMUNIDAD DE MADRID ANUNCIA AYUDAS AL SECTOR HOSTELERO AFECTADO POR LA LEY ANTITABACO

Estamos encantados de ofrecerles nuestros servicios